N.I. 98.21. Medidas apoyo transporte en plan recuperación, transformación y resiliencia

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1. Nº 9 8 . 2 1 Madrid, 2 7 de diciembre de 20 2 1 ME DIDAS APOYO TRANSPORTE EN PLAN RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

3. o El de f errocarril - carretera se aplicará a las empresas ferroviarias, a los ofertantes como Renfe y otros operadores pri vados, sobre la base de los incrementos que hayan obtenido en su cuota de mercado. o En el caso del marítimo - carretera, por el contrario, las ayudas irán dirigidas principalmente a los demandantes, es decir , a las empresas que suban sus camiones o semirremol ques en las rutas que comúnmente se denominan como “autopistas del mar”. Que para el ferrocarril se haya elegido subvencionar la oferta mientras para el marítimo se ayude a la demanda, nos causó cierta perplejidad - estimamos mucho más adecuada la segunda vía - y las razones que han esgrimido los representantes del ministerio para justificar esta diferenciación no son, en nuestra opinión, muy sólidas. Sin embargo, llegados a estas fechas y el punto en que se encuentra la aplicación de este “rincón” del amplí simo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , no se aprecian posibilidades para esperar un cambio en la estrategia gubernamental. Los incentivos más interesantes, en nuestra opinión, son los que se destinarán al transporte combinado marítimo , que se dirigen a las empresas de transporte por carretera que hayan utilizado, a lo largo del año anterior, el transporte marítimo para mover sus vehículos (tractores o semirremolques) en recorridos intracomunitarios. No hay aplicación con el mod elo actual a los tránsitos que conectan la Península con el norte de África, por ejemplo: no es intracomunitario ni hay alternativa por carretera para efectuarlo. ➢ El importe se calculará sobre la base de los costes externos (contaminación, saturación de l a infraestructura, accidentalidad...) ahorrados al utilizar el transporte marítimo en lugar de hacer el 100% por carretera: se calcularán los costes externos que se hubieran ocasionado en territorio español si e l transporte se hubiera realizado íntegramente por carretera, y se descontarán los que se han ocasionado por el transporte marítimo,

4. referidos a cada línea (por tanto, el grado de “ecología” del buque empleado en la línea concreta también tendrá influencia sobre el montante de ayuda que se aplicará, no así la categoría Euro del camión, para el cual se ha elegido aplicar una media del parque actual). ➢ Existe un máximo en el 30% del flete. ➢ La diferencia se devolverá a las empresas de transporte por carretera al cierre de cada ejercicio anual. Como la co mparación se hace sobre la base de los costes externos ahorrados en las carreteras del territorio español, un transporte entre Valencia y Génova, por ejemplo, a igualdad de nave, tendrá derecho a un incentivo superior a otro desde Barcelona y Génova, porqu e el recorrido terrestre hasta la frontera española es muy superior desde Valencia al que existe desde Barcelona. Esperan poder hacer públicas las bases de la convocatoria durante el primer trimestre del 2022. Se recabará información de las navieras a lo largo del segundo trimestre, por lo que los importes que se devenguen a partir de mediados del año próximo se podrán solicitar a partir de primeros del 2023. Este sistema se aplicará para los años 2022, 2023 y 2024. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autoriza ción de A ST I C

2. Nº 9 8 . 2 1 Madrid, 2 7 de diciembre de 20 2 1 ME DIDAS APOYO TRANSPORTE EN PLAN RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA El Ministerio de Transportes ha organizado el pasado jueves una sesión para informar de las medidas de apoyo al transporte en el plan de recuperación , transformación y resiliencia, a la que estábamos invitados como ASTIC y de cuyo contenido le informamos a continuación. Para el desarrollo de esta se utilizó una presentación que puede encontrar en el enlace siguiente: https://cdn.mitma.gob.es/portal - web - drupal/prtr/documentos/ ayudas_a_empresas_c6_1312 21.pdf en el cual ha de aparecer siempre la versión más actualizada. Las ayudas se dividen básicamente en dos apartados: • Las de “concurrencia competitiva”, que son subvenciones en cuantías restringidas a las que se deben present ar proyectos. Concretamente las que se gestionarán desde el MITMA no contemplan subvenciones a vehículos de transporte por carretera , solamente inversiones a la infraestructura, como aparcamientos vigilados y otras. Según parece, una vez más las limitacion es europeas a las “ayudas de E stado” han acabado por decantar al Ministerio hacia esta situación, lamentable desde nuestro punto de vista. No obstante, sí están dirigidas a las empresas de transporte por carretera los 110 millones de euro s para mejorar la digitalización de las empresas de transporte, que se gestionarán a través de las comunidades autónomas. • Además de las ayudas en “concurrencia competiti va” se establecen una serie de incentivos para el transporte combinado , ya sea el de ferrocarril - carretera como el marítimo - carretera.

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