N.I. 95.20 Gabinete seguimiento reinicio actividad

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10. 7. Es preciso establecer protocolos en caso de que una persona trabajadora manifiesta síntomas en su puesto de trabajo, para protegerla y proteger al resto de la plantilla (seguir recomendaciones Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS- CoV-2 (COVID19) del Ministerio de Sanidad).

16. MINISTERIO DE SANI DA D GOBIERNO DE ESPAÑA

15. Después de ir al trabajo 1. Los trabajadores deberán cuidar las distancias y las medidas de prevención de contagios e higiene en el hogar, máxime si conviven con personas de grupos de riesgo. El Ministerio de Sanidad recomienda cumplir estrictamente lo establecido en esta guía, que contiene un recordatorio de las principales obligaciones previstas en la normativa vigente, junto a sugerencias que son igualmente importantes para prevenir los contagios y luchar así contra el COVID-19.

4. Buenas prácticas en los centros de trabajo ACTUALIZACIÓN 11 DE ABRIL Medidas para la prevención de contagios del COVID-19 MINISTERIO DE SANI DA D GOBIERNO DE ESPAÑA

1. Nº 95. 20 Madrid, 11 de abril de 20 20 GABINETE SEGUIMIENTO REINICIO ACTIVIDAD

13. 6. En todo caso, se debe asegurar una correcta protección del personal encargado de la limpieza. Todas las tareas deben realizarse con mascarilla y guantes de un solo uso. 7. Una vez finalizada la limpieza, y tras despojarse de guantes y mascarilla, es necesario que el personal de limpieza realice una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos. 8. En caso de los uniformes de trabajo o similares, serán embolsados y cerrados, y se trasladarán hasta el punto donde se haga su lavado habitual, recomendándose un lavado con un ciclo completo a una temperatura de entre 60 y 90 grados.

14. Gestión de los residuos en los centros de trabajo 1. La gestión de los residuos ordinarios continuará realizándose del modo habitual, respetando los protocolos de separación de residuos. 2. Se recomienda que los pañuelos desechables que el personal emplee para el secado de manos o para el cumplimiento de la “etiqueta respiratoria” sean desechados en papeleras o contenedores protegidos con tapa y, a ser posible, accionados por pedal. 3. Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes de látex, etc.) debe depositarse en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas). 4. En caso de que un trabajador presente síntomas mientras se encuentre en su puesto de trabajo, será preciso aislar el contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.

6. Desplazamientos al trabajo 1. Siempre que puedas, prioriza las opciones de movilidad que mejor garanticen la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros. Por esta razón, es preferible en esta situación el transporte individual. 2. Si vas al trabajo andando, en bicicleta o moto, no es necesario que lleves mascarilla. Guarda la distancia interpersonal cuando vayas caminando por la calle. 3. Si te tienes que desplazar en un turismo, extrema las medidas de limpieza del vehículo y evita que viaje más de una persona por cada fila de asientos manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes. 4. Si coges un taxi o un VTC, solo debe viajar una persona por cada fila de asientos manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes. 5. En los viajes en autobús, en transporte público o autobús de la empresa, metro o tren guarda la distancia interpersonal con tus compañeros de viaje. En el caso de los autobuses públicos, el conductor velará porque se respete la distancia interpersonal. Es recomendable usar una mascarilla higiénica, no médica, si vas en transporte público.

8. • Todo el público, incluido el que espera, debe guardar la distancia interpersonal. • La empresa deberá facilitar equipos de protección individual cuando los riesgos no puedan evitarse o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas o procedimientos de organización del trabajo. • Los equipos de protección individual serán adecuados a las actividades y trabajos a desarrollar. 7. La empresa debe escalonar los horarios lo máximo posible si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal en los turnos ordinarios, contemplando posibilidades de redistribución de tareas y/o teletrabajo. 8. Se recomienda facilitar el teletrabajo y las reuniones por teléfono o videoconferencia, especialmente si el centro de trabajo no cuenta con espacios donde los trabajadores puedan respetar la distancia interpersonal. 9. Se recomienda evitar desplazamientos de trabajo que no sean esenciales y que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia. 10. No es imprescindible usar mascarilla durante tu jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere y si mantienes la distancia interpersonal.

9. Medidas organizativas 1. De acuerdo con la normativa de riesgos laborales, será necesario informar al personal de forma fehaciente, actualizada y habitual de las recomendaciones sanitarias que deben seguir de forma individual. 2. Es preciso proveer al personal de los productos de higiene necesarios para poder seguir las recomendaciones individuales, adaptándose a cada actividad concreta. Con carácter general, es necesario mantener un aprovisionamiento adecuado de jabón, solución hidroalcohólica y pañuelos desechables. 3. Hay que mantener un aprovisionamiento suficiente del material de limpieza para poder acometer las tareas de higienización reforzada a diario. Entre ellos lejía y productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para desinfectar (consúltalos aquí). 4. Es necesario contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, especialmente guantes y mascarillas, para el personal cuando así lo indique el servicio de prevención de riesgos laborales y, muy concretamente, el más expuesto (médicos y enfermería de empresa, personal de limpieza, personal de cara al público). 5. Se deberán adoptar medidas específicas para minimizar el riesgo de transmisión a las personas trabajadoras especialmente sensibles cuando hayan tenido que acudir al centro de trabajo. 6. Es aconsejable realizar un plan de contingencia, identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades que se desarrollan en el centro de trabajo, adoptando medidas de protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable en cada momento. Para la elaboración de ese plan deben ser consultados los delegados de prevención o los representantes de los trabajadores.

7. En el centro de trabajo Consulta aquí el Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 (COVID19) del Ministerio de Sanidad. 1. Las tareas y procesos laborales deben planificarse para que los trabajadores puedan mantener la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros, tanto en la entrada y salida al centro de trabajo como durante la permanencia en el mismo. 2. Hay que asegurar que la distancia interpersonal está garantizada en las zonas comunes y, en cualquier caso, deben evitarse aglomeraciones de personal en estos puntos. 3. La reanudación de la actividad debe guiarse por el principio de minimización del riesgo. Por tanto, la reincorporación a la normalidad de aquellas actividades que comporten riesgo de aglomeración debe producirse en último lugar. En todo caso, se debe evitar la realización de actividades que impliquen aglomeraciones de personas. 4. Se debe organizar la entrada al trabajo de forma escalonada para evitar aglomeraciones en el transporte público y en la entrada a los centros de trabajo. 5. En aquellas empresas o establecimientos abiertos al público, deberán implementarse medidas para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y los clientes o público. 6. En los establecimientos abiertos al público se atenderá a las siguientes consideraciones: • El aforo máximo deberá permitir cumplir con el requisito de distancia interpersonal. • Cuando sea posible, se habilitarán mecanismos de control de acceso en las entradas.

2. Nº 95. 20 Madrid, 11 de abril de 20 20 GABINETE SEGUIMIENTO REINICIO ACTIVIDAD Como es sobradamente conocido, el próximo lunes, día 13 de abril, se reinicia la actividad plena en todos los sectores que se vieron forzados a la paralización impuesta por el Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo. Aunque el nuestro estaba fuera de ellos, por considerarse esencial, lo que sí ha sucedido obviamente es que dichos sectores “paralizados” no han solicitado en estos días el servicio de transporte que habitualmente se le venía prestando. De este modo, su reincorporación a la actividad conllevará también la reincorporación de una parte considerable de la nuestra en el ámbito del transporte de mercancías. Esta inédita situación nos ha llevado a emitir la Nota Informativa número 93.20 y 94.20 y, ahora también, esta otra que está usted leyendo. Sin ninguna duda, la “normalización” de la actividad productiva es para todos nosotros una prioridad, sin embargo, y pese al esfuerzo de todos por garantizar la seguridad de los trabajadores, esta pandemia de carácter global (no exclusivamente laboral o sectorial) puede incidir en el desarrollo normal de la actividad y revestir alguna dificultad. Para poder conocer “en tiempo real” el cariz y el alcance de esas incidencias, la CEOE ha constituido un “Gabinete de seguimiento” encaminado a recabar informaciones sobre ese tipo de vicisitudes que se puedan producir a lo largo del día en las empresas y organizaciones que formen parte, en este caso, de ASTIC, como sucederá, es de imaginar con otras asociaciones de éste y otros sectores que sean miembros de la CEOE.

3. A través de dicho gabinete, el equipo de la confederación nos ayudará a canalizar lo que pueda ser relevante desde el punto de vista empresarial (especialmente desde el punto de vista laboral) al igual que venimos haciendo en materia sectorial con el Comité Nacional de Transporte por Carretera hacia el Gabinete de Crisis del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana. Estaremos a su disposición en este mismo buzón de correo electrónico que ahora utilizo y en [email protected] . Nos será de gran utilidad que nos hagan llegar, en la medida de lo posible, antes de las 14h00 del lunes. Finalmente, le acompaño la guía que acaba de editar Sanidad de buenas prácticas en los centros de trabajo. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E-mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST IC

12. 9. Tira cualquier desecho de higiene personal -especialmente, los pañuelos desechables- de forma inmediata a las papeleras o contenedores habilitados . 10. Si empiezas a notar síntomas, avisa a tus compañeros y superiores, extrema las precauciones tanto de distanciamiento social como de higiene mientras estés en el puesto de trabajo y contacta de inmediato con el servicio de prevención de riesgos laborales de tu empresa, tu médico de atención primaria o con el teléfono de atención al COVID-19 de tu comunidad autónoma . Medidas de higiene en el centro de trabajo 1. Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos . 2. Es recomendable reforzar la limpieza de los filtros de aire y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual. 3. Es conveniente reforzar las tareas de limpieza en todas las estancias, con especial incidencia en superficies, especialmente aquellas que se tocan con más frecuencia como ventanas o pomos de puertas, así como todos los aparatos de uso habitual por los empleados, desde mandos de maquinaria a mesas y ordenadores. 4. Es necesario limpiar el área de trabajo usada por un empleado en cada cambio de turno. 5. Los detergentes habituales son suficientes, aunque también se pueden contemplar la incorporación de lejía u otros productos desinfectantes a las rutinas de limpieza, siempre en condiciones de seguridad.

11. Recomendaciones a los trabajadores 1. Cumple con todas las medidas de prevención que te indique tu empleador. 2. Mantén la distancia interpersonal (aproximadamente 2 metros). 3. Evita el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano. 4. Evita, en la medida de lo posible, utilizar equipos y dispositivos de otros trabajadores. En caso de que sea necesario, aumenta las medidas de precaución y, si puedes, desinféctalos antes de usarlo. Si no es posible, lávate las manos inmediatamente después de haberlos usado. En este enlace tienes recomendaciones de cómo hacerlo. 5. Lávate frecuentemente las manos con agua y jabón, o con una solución hidroalcohólica. Es especialmente importante lavarse después de toser o estornudar o después de tocar superficies potencialmente contaminadas. Trata de que cada lavado dure al menos 40 segundos. 6. Cúbrete la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser y estornudar, y deséchalo a continuación a un cubo de basura que cuente con cierre. Si no dispones de pañuelos emplea la parte interna del codo para no contaminar las manos. 7. Evita tocarte los ojos, la nariz o la boca. 8. Facilita el trabajo al personal de limpieza cuando abandones tu puesto, despejando lo máximo posible.

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