N.I. 50.23 Propuesta supresión obligación retorno cada ocho semanas

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1. Nº 50 . 2 3 Madrid, 15 de noviembre de 20 2 3 P R O PUESTA SUPRESIÓN OBLIGACIÓ N RETORNO CADA OCHO SEMANAS

3. esta opinión está la Comisión en unas preguntas y respuestas. Si el TJUE se ajusta a la opinión del Abogado General se terminará la polémica y se eliminará el requisito de retorno del vehículo al Estado de establecimiento cada 8 semanas. Para el informe completo de abogado General (muy largo y en francés): CURIA - Documentos (europa.eu) Los epígrafes más importantes van del 642 al 655. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

2. Nº 50 . 2 3 Madrid, 15 de noviembre de 20 2 3 P R O PUESTA SUPRESIÓN OBLIGACIÓN RETORNO CADA OCHO SEMANAS El Tribunal de Justicia de la U nión E uropea está examinando en los asuntos C541/20 a C555/20 los recursos interpuestos por Lituania, Rumanía, Bulgaria, Hungría, Polonia, Malta y Chipre contra los Reglamentos 1054/2020, de tiempos de conducción y descanso, 1055/2020 de acceso a la profesión de transportista y de transporte internacional, y la Directiva 1057/2020 de desplazamiento de trabajadores. El Abogado General propone rechazar todos los motivos de recurso excepto el retorno de los vehículos cada 8 semanas, que es la medida con un mayor impacto en las condiciones de competencia entre los Estados miembros. Entiende que no se ha respetado el principio de proporcionalidad porque el legislador no ha podido examinar la proporcionalidad de la medida de retorno del vehículo cada 8 semanas porque, al haber sido introducida en el trámite de enmiendas, no ha sido objeto de análisis de impacto normativo. El Informe del Abogado General suele servir de base a la decisión del T ribunal, aunque no siempre sucede así. El Tribunal tiene programad a la decisión de este asunto el próximo 22 de febrero. El retorno del vehículo cada 8 semanas, a pesar de estar ya en vigor desde febrero del 2022, es muy difícil de controlar por los Estados distintos al de establecimiento. Los tacógrafos todavía no están obligados a registrar más de 28 días y, en todo caso , se trata un requisito de establecimiento que se omite en ese Estado , por lo que otros Estados no podrían sancionarlo. En contra de

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