N.I. 43.23 Ayudas Estado. Bonificación combustible 2023

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1. Nº 4 3 . 2 3 Madrid, 9 de octubre de 20 2 3 A Y UDAS ESTADO: BONIFICACIÓN COMBUSTIBLE 2023

4. Esperamos q ue esta información pueda resultarle útil a aquellas empresas que, como las que nos han hecho llegar sus consultas, pudiesen tener dudas al respecto. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: [email protected] Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

3. la adquisición de camiones eléctricos de baterías o de pila de combustible. De este modo, las cantidades recibidas en 2022 como ayudas directas (los famosos 1.250 euros por tarjeta de pesado que se establecieron en marzo y en julio de 2022 con lím ites respectivos de 400 mil y 500 mil euros por empresa o grupo de empresas) SÍ CONTABILIZAN COMO AYUDAS DE ESTADO y Hacienda los tendrá en cuenta a la hora de computar las ayudas de E stado otorgadas a la empresa para el nuevo límite (en vigor desde noviem bre de 2022) que se cifra en 2.000.000 de euros. En cambio, las bonificaciones que , desde el mes de abril de 2022 hasta final de diciembre de ese año, se establecieron para los combustibles y el Ad - Blue, NO SE CONTABILIZAN COMO AYUDAS DE ESTADO puesto que e staban abiertas a todo adquirente de dichos productos, independientemente del uso profesional o no que hiciese de ellos. A partir, como sabe, del 1 de enero de 2023 esas ayudas quedaron restringidas a determinados sectores que utilizan profesionalmente el combustible, como es precisamente el nuestro. De este modo, y para contabilización del límite temporal de 2 millones, SÍ SE DEBEN TENER EN CUENTA LAS CANTIDADES RECIBIDAS por ayuda al sector en el coste del combustible. Para recibir estas ayudas, como se decía en las notas informativas referidas anteriormente, era necesario personarse como solicitante - antes del 31 de enero de 2023 - y firmar una declaración responsable de estar afectado por las consecuencias de la guerra de Ucrania así como informar de las cantidades ya recibidas, en los últimos tres años, por la empresa (o grupo de empresas) que tuviesen la consideración de ayudas de E stado, así como una cuenta corriente de la propia empresa en la que Hacienda debería ir realizando los abonos - tanto si era n por el mecanismo de gasóleo profesional, como por montantes concretos establecidos para los no afectados por esa figura del gasóleo profesional, bien por no estar inscritos en ese sistema, bien por utilizar combustibles como el gas natural - .

2. Nº 4 3 . 2 3 Madrid, 9 de octubre de 20 2 3 A Y UDAS ESTADO: BONIFICACIÓN COMBUSTI BLES 2023 En los últimos días hemos recibido varias consultas desde empresas encuadradas en esta asociación expresándonos ciertas dudas acerca de la contabilización que diferentes ayudas y bonificaciones recibidas a lo largo del año 2022 (y, en algunos casos también de lo que llevamos transcurrido de 2023) debe hacerse de cara al respeto de los límites vigentes en cada momento sobre la cuantía máxima que puede recibir una empresa (o grupo de empresas) de este sector según la regulación europea que controla las llamadas “ayudas de E stado”. Como recordatorio, simplemente de cir que en las correspondientes notas informativas N.I. 3/2023 del 17 de enero y N.I. 4/2023 del 27 de enero pasados, puede encontrar mayor información al respecto de cómo se aplican las actuales ayudas al combustible vigentes desde el inicio de este año en relación con las establecidas en diferentes momentos del año 2022. Basta pinchar en ambos enlaces que le conducirán a nuestra página web en la zona reservada para miembros de ASTIC. En ellas pue de encontrar enlaces a textos de las normativas que aplican al caso. Así como en la N.I. 98/22 del 2 de agosto que incluye un apartado sobre ayudas directas, como en la N.I. 66/22 del 7 de abril. En todo caso, a modo de resumido criterio, se consideran ayudas de E stado las cantidades recibidas por parte de una empresa (o grupo de empresa s ) ligadas a acciones de ayuda y soporte de la A dministración pública que estén d irigidas específicamente a empresas de un sector o sectores determinados, quedando limitadas a ese ámbito. Por el momento está n exentas de esa consideración las cantidades que se puedan haber recibido al amparo de planes de transición energética como, por e jemplo,

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