2. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 151                                                          Jueves 25 de junio de 2015                                          Sec. I.   Pág. 52621 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DEL INTERIOR 7049 Resolución de 18 de junio de 2015, de la Dirección General de Tráfico, por la  que se modifican los anexos II y IV de la Resolución de 30 de enero de 2015,  por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante  el año 2015. Con la puesta en servicio de la autovía A-8 (autovía del Cantábrico) y del tramo  completo de la autovía A-12 (autovía del Camino de Santiago) entre Pamplona y el límite  de las Comunidades de Navarra-La Rioja, procede efectuar la modificación de los anexos II  y IV de la Resolución de esta Dirección General de 30 de enero de 2015, insertada en el  «Boletín Oficial del Estado» número 33 del sábado 7 de febrero, para adecuarlos a las  restricciones del entorno viario de A-8 y al nuevo trazado de la autovía A-12. Por todo ello, en virtud de lo prevenido al respecto en los artículos 5, apartados k) y n), del  texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,  aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, así como en los artículos 37  y 39 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de  noviembre, y del correspondiente informe emitido por el Consejo Superior de Tráfico, seguridad  vial y movilidad sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 letra d) del texto  articulado de la precitada Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,  la Directora General de Tráfico, en su condición de Presidenta del Organismo Autónomo  Jefatura Central de Tráfico, resuelve lo siguiente: Artículo único.   Modificación de los anexos II y IV de la Resolución de 30 de enero  de 2015, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas  especiales de regulación del tráfico durante el año 2015. La Resolución de 30 de enero de 2015, de la Dirección General de Tráfico, por la que  se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2015, queda  modificada como sigue: Uno.   El anexo II, apartado a) restricciones en periodos genéricos, y tabla  correspondiente a «Todos los domingos y festivos comprendidos entre el 3 de julio y el 13  de septiembre», que incluye las restricciones redactadas de la siguiente forma: Ctra. Inicio Final Duración                   Sentido P.K.                                  Población                                  P.K.                  Población A-8        273,45 Límite provincias Asturias-Cantabria. 593      Baamonde.                    18,00-23,00    Ambos sentidos. A-64            0        Villaviciosa (Grases).                                   32       Oviedo (Paredes).         18,00-23,00    Ambos sentidos. A-66           12       Serín. 65       Campomanes.               18,00-23,00    Ambos sentidos. AS-I            0        Mieres.                                                        33       Gijón.                             18,00-23,00    Ambos sentidos. Quedan anuladas y sustituidas por las siguientes: Ctra. Inicio Final Duración                 Sentido P.K.                                 Población                                 P.K.                      Población N-630       29,5     Oviedo.                                                      87,1 Límite provincias Asturias- León. 18,00-23,00   Ambos sentidos. N-634      280,3 Límite provincias Asturias-Cantabria.       552,5 Límite provincias Asturias- Lugo. 18,00-23,00   Ambos sentidos. cve: BOE-A-2015-7049 Verificable en http://www.boe.es 
                                        
                                            3. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 151                                                          Jueves 25 de junio de 2015                                          Sec. I.   Pág. 52622 Dos.    El anexo II, apartado b) restricciones por fechas, en las tablas correspondientes  al lunes 12 de octubre y al martes 8 de diciembre, que incluyen las restricciones redactadas  de la siguiente forma: Ctra. Inicio Final Duración                   Sentido P.K.                                  Población                                  P.K.                  Población A-8        273,45 Límite provincias Asturias-Cantabria. 593      Baamonde.                    18,00-23,00    Ambos sentidos. A-64            0        Villaviciosa (Grases).                                   32       Oviedo (Paredes).         18,00-23,00    Ambos sentidos. A-66           12       Serín. 65       Campomanes.               18,00-23,00    Ambos sentidos. AP-66         65       Campomanes. 113 La Magdalena.              18,00-23,00    Asturias. AS-1           0        Mieres.                                                        33       Gijón.                             18,00-23,00    Ambos sentidos. Quedan anuladas y sustituidas por las siguientes: Ctra. Inicio Final Duración                 Sentido P.K.                                 Población                                 P.K.                      Población N-630       29,5     Oviedo.                                                      87,1 Límite provincias Asturias- León. 18,00-23,00   Ambos sentidos. N-634      280,3 Límite provincias Asturias-Cantabria.       552,5 Límite provincias Asturias- Lugo. 18,00-23,00   Ambos sentidos. Tres.   El anexo IV –Itinerarios para mercancías peligrosas (RIMP)– el itinerario  correspondiente a la autovía A-12, redactado de la siguiente forma: Carretera                                              Recorrido A-12           Cizur (A-15) - Viana. Queda modificado en los siguientes términos: Carretera                                             Recorrido A-12 Cizur (A-15) - Pk. 78,18 (Límite de Comunidades  Navarra-La Rioja). Madrid, 18 de junio de 2015.–La Directora General de Tráfico, María Seguí Gómez. cve: BOE-A-2015-7049 Verificable en http://www.boe.es http://www.boe.es                              BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO  D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X 
                                        
                                            1.                 CIRCULAR Nº. 2.096     Madrid, 25   de junio 2015      ASUNTO :  MODIFICACIÓN     PROHIBICIONES     DE  CIRCULACIÓN    PARA    VEHÍCULOS    PESADOS    EN  ESPAÑA  (Desde el 01.01.2015 hasta el 31.12.2015)                                  Adj un to   le   remitimos   e l  Boletín   Oficial   del   Estado  publicado  hoy,  día  25  de  junio  de  2015,  en  el  que  se  publica  la  Resolución  de  18  de  junio  de  2015,  de  la  Dirección  General  de  Tráfico,  por  la  que  se  modifican   los  anexos  II  y  IV  de  la  Resolución  de  30  de  enero  de  2015,  por  la  que  se  establecen  medidas  especiales  de  regulación del tráfico durante el año 2015 .                                               Fernández de la Hoz, 78  Entreplanta - 28003 MADRID  Tlf.: 91 451 48 01 / 07   –   Fax: 91 395 28 23  E-mail:  [email protected]   Nota:   Prohibida   la   edición,   distribución   y   puesta   en   red,   total   o   parcial,   de   esta  información sin la autorización de A.S.T.I.C.